El tribunal descartó el argumento esgrimido por la demandada sobre la "culpa grave" en que habría incurrido el dueño del vehículo, dice un informe del periódico especializado Comercio y Justicia
Al fundamentar el fallo, la Cámara 5a. en lo Civil y Comercial de Córdoba sostuvo que Río Uruguay Cooperativa de Seguros Limitada debe cubrir el robo de un automóvil, a pesar de que el accionante se equivocó al elegir el lugar para detenerse.
Tras señalar que el demandante bajó del vehículo y lo dejó en marcha en un sector del parque Sarmiento esa ciudad, en horas de la madrugada, el tribunal afirmó que en modo alguno podía darse por probado que tal descuido obedeció a su desidia o a una actitud de menosprecio de su deber de preservar el coche.
Para los jueces, los elementos que pueden configurar una culpa grave y que autorizarían la exclusión de la cobertura (seguro de coche)no están corroborados con el grado de convicción necesario para habilitarla.
En este caso no quedó demostrado el peligro o riesgo que -según la compañía de seguros de coche- existía en el lugar que fue sustraido el automóvil.
La Cámara confirmó el fallo de primera instancia del juez de 31a. nominación, Aldo Novak, quien había descartado la configuración de "culpa grave" que exponía la aseguradora, con base en que el robo lo perpetraron dos sujetos armados.
Los vocales del tribunal interpretaron que no le es exigible al titular de un vehículo asegurado que sólo transite por lugares que la aseguradora estime como "protegidos" ni que no se detenga en donde estime necesario.- (Télam)